Antes que la Ley primero un Estado Mayor Fronterizo Cívico Militar.

Antes que la Ley primero un Estado Mayor Fronterizo Cívico Militar.

Carlos Romero

Constitución entró en vigencia la Asamblea Nacional tenía 2 años para legislar en materia de Fronteras, y ha pasado más de una década sin que se haya sancionado formalmente legislación alguna en esta materia; primero llegó el Estado Mayor Fronterizo Cívico-Militar antes que la Ley a la que hace mención la disposición transitoria Sexta de la Constitución.

En el año 2003 se introdujo un proyecto de Ley que fue aprobado el 8 de julio del 2003 en primera discusión[1], luego, según medios de comunicación en el 2009 se introduce una nueva versión de proyecto de Ley Orgánica de Fronteras, elaborada en esa oportunidad por una Comisión Interinstitucional de la Secretaría General del Consejo de Defensa de la Nación (Secodena)[2].

Posteriormente en el año 2011 la Asamblea Nacional anuncia que la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad aprobó un instrumento de Consulta de la Ley Orgánica de Fronteras, con la finalidad de solicitar la opinión de los venezolanos sobre el instrumento legal, tan información fue entonces suministrada por el Diputado Rafael Gil Barrios, quien era Presidente de esa Comisión.[3] ¿Se habrá hecho esa consulta?.

Ese mismo 2011 una nota de prensa anunció que en la segunda discusión del proyecto de Ley Orgánica de Fronteras no logró alcanzar la mayoría necesaria para su aprobación definitiva en función de su naturaleza de Ley Orgánica. Por lo tanto desde entonces queda allí quedaron 58 artículos aprobados en segunda discusión, que sólo quedaron como evidencia de un esfuerzo legislativo de intentar cumplir con la Constitución vigente[4].

Como se indicó al inicio, mientras el Proyecto de Ley Orgánica de Fronteras aguarda por algún doliente, el Gobierno Nacional publica en Gaceta Oficial No. 40.220 del 2 de agosto de 2013, un Decreto mediante el cual se crea el Estado Mayor Fronterizo Cívico-Militar, bajo la dirección directa del Ejecutivo Nacional, con el objeto de impulsar acciones estratégicas conjuntas para la transformación de las zonas fronterizas procurando el desarrollos social, económico, cultural y de integración del sector fronterizo.

El Decreto tanto en su escrito de motivación, así como en algunos de sus artículos reitera que la transformación de los municipios de frontera se realizará a través de la fuerza impulsora de las poblaciones con alto grado de Conciencia Socialistas y Revolucionaria con el fin de alcanzar una zona libre de riesgos, peligros y amenazas para estas y las futuras generaciones.

A diferencia del proyecto de Ley Orgánica que mencioné anteriormente en este Estado Mayor Fronterizo Cívico-Militar, los grandes ausentes son precisamente los Alcaldes y Concejales de los Municipios de frontera. Por lo tanto pareciera que el desarrollo de los municipios de fronteras está condicionado a su conciencia socialista y no al trabajo en conjunto e incluyente de los actores locales electos legítimamente por el pueblo soberano.

Este nuevo Estado Mayor Fronterizo, juramentado el 28 de agosto de 2013, está integrado por Ministro del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de Gestión de Gobierno, quien lo preside. Ministro para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; Comandante Estratégico Operacional de la FANB; Secretario General del Consejo de Defensa de la Nación, Gobernadores de los estados Táchira y Zulia; Jefes de las Regiones de Desarrollo y Defensa Integral de Occidente, Los Andes, Los Llanos y Guayana; así como el Director General de Fronteras del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores.

En nota de prensa reciente se anuncia la designación de un Secretario General para el Estado Mayor Fronterizo Cívico Militar, y a tal fin es designado el Mayor General del Ejercito Pedro González Salmerón como Secretario General[5].

En el tradicional juego de palabras con las que se adornan la redacción de documentos legales, el Decreto señala que el Estado Mayor debe elaborar un Plan Estratégico para transformar las Zonas Fronterizas en territorio de vida. ¿Es que acaso en la actualidad los municipios de frontera no son territorio de vida?.

Cuando se visita la Frontera Venezolana realmente la pregunta resulta muy oportuna y se comprende las razones por las cuales autoridades locales electas no pueden ser actores ajenos a las políticas de frontera. Las próximas autoridades locales en su gestión local van a tener que entonces al abordar el tema de seguridad ciudadana, considerar este Estado Mayor Fronterizo en sus políticas como un actor más. ¿Cómo queda la autonomía del Municipio cuando ni siquiera es parte de esa estructura especial?.

Carlos Romero Mendoza.


[1] Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. Algo sobre el proyecto de Ley Orgánica de Fronteras presentado en el 2003, 13 de noviembre 2009. Online en http://www.estado-ley-democracia.blogspot.com/2009/11/el-dia-8-de-julio-del-ano-2003-se.html

[2]Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. Sobre la Ley de Fronteras se inicia el debate. 13 de noviembre 2009. Online en: http://www.estado-ley-democracia.blogspot.com/2009/11/sobre-la-ley-organica-de-fronteras-se.html

[3] Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. Diseñan Consulta Pública para Ley Orgánica de Fronteras. 29 de julio del 2011 online en: http://www.estado-ley-democracia.blogspot.com/2011/07/disenan-consulta-publica-de-ley.html

[4] Estado-Ley-Democracia.blogspot.com. Ley de Fronteras sigue pendiente. 16 de marzo de 2011. Online en: http://www.estado-ley-democracia.blogspot.com/2011/03/la-ley-de-fronteras-sigue-pendiente.html

[5] El Universal. Maduro Juramenta Estado Mayor Fronterizo. 28 de agosto 2013. Online: http://www.eluniversal.com/nacional-y-politica/130828/maduro-juramenta-a-estado-mayor-fronterizo-en-zulia

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