¡No al impuesto!

Tal Cual Digital. Opinión | 06/03/2015

De un tijerazo el Decreto N° 1. 435 dejó las cooperativas, asociaciones y fundaciones fuera del régimen de exenciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Rodolfo Marco Torres, Vicepresidente para el Área Económica, y José Cabello, Superintendente del Seniat, lo justificaron porque “muchas se desvirtuaron e hicieron grandes contratos […].

“Olvidaron” que el propio Chávez estableció “la exención de todo impuesto, tasa o contribución, a las cooperativas, debidamente certificadas, por su cumplimiento con las disposiciones de la ley, con el objeto de estimular el desarrollo de un gran sector de economía cooperativa en el país” en la Exposición de Motivos de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (LEAC).

Esa decisión no solo es ilegal sino inconstitucional, Dante Cracogna y Alberto García Müller son precisos al afirmar que las cooperativas deben ser consideradas como de no sujeción a impuestos. El capital de ellas no es para obtener ganancias, sino para enfrentar problemas, por ello sus excedentes no son renta o ganancia como en las empresas mercantiles.

Según Cracogna, ellas, como entes sin ánimo de lucro, “no tienen una naturaleza que las convierta en pasibles de ese gravamen por lo que no están obligadas al gravamen por efecto de que la fuente (hecho generador) del mismo no cobija la operación económica del contribuyente (no es generadora de renta).

Pasa como cuando alguien encomienda una compra y entrega más dinero del necesario, el vuelto que recibe junto a la compra sería el equivalente al excedente de una  cooperativa de consumo; como quien ordenó la compra pagó impuesto al percibir el dinero de la compra, y si trabaja en la cooperativa también declara y paga impuestos, no se le debe pechar dos veces.

Se suma que, por la Resolución 193 de la OIT sobre Constitución de Cooperativas y por disposiciones constitucionales, el Estado debe proteger las cooperativas y el gobierno debió consultarlas por ser sujeto activo de participación protagónica. Para rematar, la CN considera el Acto Cooperativo y el Trabajo Asociado, y la LEAC que tiene rango constitucional por ser mencionada ¡dos veces! en la CN, prela sobre la misma Ley del ISLR en lo referente a cooperativas.

Torres y Cabello, cierto que existen “desvirtuadas”, son las falsas y de maletín sobrevivientes del cementerio chavista de más de 300.000 cooperativas; falso que las inició Chávez pues las hemos tenido a lo largo del S. XX y desde los 60s existen varias como las Ferias de Consumo de Lara, el Sistema de Distribución de Gas en Falcón, las de consumo y ahorro y crédito como San José Obrero, Corandes, Paraguaná, La Florencia y Bermúdez, y el mayor servicio funerario del país de la Central Cooperativa Nacional de Venezuela (Ceconave) entre otras con autogestión y sin apoyo gubernamental.

Sean sinceros: Rasparon la olla y desconocen cuánto percibirán porque no saben cuántas cooperativas existen. Respondan: ¿Seguirán contratando con las “desvirtuadas”?, ¿por qué no rescindirles contratos, obligarlas a pagar lo evadido e imponerles multas?, ¿publicarán sus nombres y los de las contratantes?, ¿los llevarán a tribunales?, ¿por qué Sunacoop no suprime la personalidad  a las “desvirtuadas”?. Reconozcan que aplicaron el Acuerdo Stand-By del FMI que propone "la ampliación de la base de impuesto a las ganancias para incluir los ingresos por intereses y dividendos y las ganancias de cooperativas, mutuales y fundaciones".

Ustedes muestran el desconocimiento gubernamental sobre cooperativismo y corta memoria al calificar como “desvirtuadas” las “puntas de lanza del proceso”; desnudaron la incapacidad fiscalizadora del Seniat y de Sunacoop al tardar un decenio en detectar esta situación. Un Ejecutivo socialista impulsaría, sin manipulaciones, las Organizaciones de Economía Social, derogaría el Decreto N° 1.435 por ilegal e inconstitucional, y consideraría las cooperativas como de no sujeción al impuestos.

oscarbastidasdelgado@gmail.com
@oscarbastidas25

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